📄 ¿Para qué necesitas la Directiva de Funcionamiento?
Toda entidad que contrata guardias de seguridad en Chile debe contar con este documento legal aprobado. Elige la opción que corresponde a tu servicio — el asistente te guía paso a paso con el formato oficial.
🏢 Genera el borrador de tu Directiva de Funcionamiento
Toda entidad que contrata guardias de seguridad en Chile debe contar con una Directiva de Funcionamiento aprobada, conforme a los artículos 51 al 55 de la Ley 21.659 de Seguridad Privada y los artículos 90 al 93 de su reglamento (Decreto 209, de 2024). Este asistente construye el borrador completo siguiendo el formato oficial (Formulario N° 01), usando el plano de tu predio y el análisis de riesgo de tu comuna.
📌 La Directiva se presenta ante la autoridad con 15 días hábiles de anticipación al inicio del servicio y tiene una vigencia de 3 años para instalaciones.
Al finalizar, un asesor de seguridad acreditado OS.10 revisa, corrige y visa tu Directiva para su presentación — ese servicio se cotiza por WhatsApp según la envergadura de tu instalación.
Exclusivo Plan Empresa
El generador de Directivas es parte del Plan Empresa ($/30 días). Inicia sesión o crea tu cuenta para continuar.
📂 Mis expedientes
Retoma un expediente guardado o crea uno nuevo.
I. Antecedentes del empleador
La entidad o persona que contrata el servicio de guardias.
II. Lugar de desarrollo del servicio
Croquis del predio (exigido por el formato OS.10)
⚡ Sugerencia inteligente de dotación
Calcula cuántos guardias, en qué turnos y con qué facciones, según los accesos y puntos ciegos de tu plano y el riesgo real de tu comuna. Todo queda editable.
III. Horarios de funcionamiento
Horarios en que opera la instalación.
IV. Personal del servicio
Turnos
V. Objetivos y tareas
VI. Tenida autorizada
Art. 90 del Decreto 209: la tenida no debe asemejarse a los uniformes de Carabineros, PDI ni FF.AA.
VII. Implementos autorizados
Prohibido el uso de armas de fuego o implementos no autorizados mediante resolución de la AA.FF. OS-10 (Ley 21.659 y Decreto 209). El chaleco anticorte es exigencia de la ley nueva.
VIII. Sistema de alarma y comunicación
La empresa de alarmas debe contar con resolución de autorización del OS.10; si hay monitoreo de cámaras, sus operadores deben estar acreditados ante el OS.10.
Medios de comunicación del personal
IX. Capacitación del personal
Anexo — Información para decisiones policiales
Teléfonos y accesos que Carabineros necesita en una emergencia.
Cuartel de Carabineros más cercano
Puntos de ingreso — público general
Puntos de ingreso — empleados y servicios
Revisión del expediente
✅ Solicitar visación del asesor acreditado
Cuando tu borrador esté listo, envíalo a nuestro asesor acreditado OS.10. Revisará el documento, corregirá lo necesario y te cotizará la visación y firma profesional según la envergadura de tu instalación — el paso que le da validez legal ante la autoridad.